martes

Dar y aceptar regalos: costumbre o soborno




En estas fechas el dar y aceptar regalos está socialmente aceptado; está hasta bien visto. Pero si la persona regalada es una persona que trabaja al servicio de cualquier Administración Pública o si se trata de una autoridad entendida en sentido amplio, sea un cargo electo como no, en cualquier nivel territorial, local, autonómico o central,  la dación y recepción de regalos constituye un delito denominado cohecho a partir de un cierto nivel económico. 

No es un delito regalar un ramo de flores o un libro, desde luego, porque se acepta que entra dentro de la normalidad en las convenciones sociales. Mucho cuidado con el importe del regalo, también esto está sujeto a revisión jurisprudencial, caso por caso. No vale que dicho libro sea una primera edición de El Quijote, se trataría de un libro normal.

Pero sí es delito ofrecer un presente caro, y también lo es el aceptarlo. Siempre aludo a los jurisconsultos romanos, pero es que ellos ya estudiaron este tema de los regalos y de los regalos caros. Es que en el fondo, nadie da nada por nada. El que da espera algo a cambio fruto del agasajo, aunque sea nomás un trato de favor.  Nos vendrán a la imaginación recientes casos judiciales muy sonados, como los famosos trajes del expresidente valenciano del PP -Camps-, quien hubo de dimitir por el escándalo provocado por esta causa -dentro de la denominada trama Gürtel-, y cuyo resultado judicial depende de la calidad y verosimilitud de la prueba de que disponga la acusación. Ardua tarea la de probar la comisión de este tipo de delitos, pues la entrega del regalo no se produce por transferencia bancaria desde luego, ni por cualquier otro medio que facilite la constancia documental del hecho, antes al contrario; la ocultación, el secreto y el misterio está en la base de la conducta delictiva. El trato subyacente es siempre privado. Sólo puedo deciros que, conscientes de ello, los tribunales aceptan las pruebas por indicios para condenar por cohecho y cohecho impropio.

Sigue el post si te interesa, con la explicación teórica de estos delitos y la jurisprudencia asociada en:

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